jueves, 7 de noviembre de 2013

Reserva Naval de la Armada Argentina

Misión del Cuadro de Oficiales y Suboficiales de la Reserva Naval


El Cuadro de Oficiales y Subociales de la Reserva Naval de la Nación, tienen como misión la conformación de un grupo de ciudadanos capacitados para desempeñarse como Personal de Reserva, a fin de contribuir a proveer el personal necesario para completar los cuadros de la Armada Argentina al momento de ser convocados al servicio activo.



En tal sentido, el artículo 35  y 36 de la Ley para el Personal Militar Nº 19.101 determina la composición del Cuadro del Personal Superior de las Fuerzas Armadas – Reserva, mientras que las Resoluciones Nº 166, de fecha 24 de junio de 1994 modificada por su similar Nº 122, de fecha 24 de mayo de 1996 del Sr. Jefe del Estado Mayor General de la Armada, establece la relación entre los grados militares de la Armada Argentina y los títulos previstos para los oficiales de la Marina Mercante, haciéndose extensiva a aquellos integrantes de la Reserva Naval provenientes de otras instituciones de formación naval o actividades de interés para la Armada. Así, la Reserva Naval se halla conformada por ciudadanos provenientes de los Liceos Navales Militares, la Marina Mercante, y del quehacer nacional que, por trayectoria, especialidad y prestigio, tienen una estrecha vinculación e identificación con los principios y los objetivos fundamentales que animan el accionar de la Armada, ante lo cual por Resolución 349, de fecha 27 de diciembre de 1994 del Sr. Jefe del Estado Mayor General de la Armada, se establece su encuadramiento escalafonario.

El espíritu de esta organización, obedece a la importancia de lograr una genuina participación y compromiso por parte de los Oficiales de la Reserva en los asuntos inherentes de la defensa de la Nación, a favor de la integración cívico militar y siempre demostrando una firme vocación de servicio para con la Patria.

Su misión primordial sera la de completar los Cuadros de Personal  de la Armada, cada vez que sea convocado a servicio activo, situación en la cual se ajustará al Reglamento para la Administración del Personal de la Armada Argentina y según lo establecen las leyes de la Nación.

Fuente: Instituto Aeronaval

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